miércoles, 11 de mayo de 2011

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO



  • DIRECCIÓN
    1. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades académicas, de asistencia educativa, administrativa y de intendencia del plantel, de acuerdo con los objetivos, leyes, normas, reglamentos y manuales establecidos para la educación secundaria, y conforme a las disposiciones de las autoridades educativas correspondientes.
    2. Determinar y establecer las políticas de operación para el logro de los objetivos del plantel.
    3. Vigilar el cumplimiento del plan, programas de estudio, reglamentos y disposiciones que rijan el servicio.
    4. Realizar, ante los organismos o autoridades correspondientes, las gestiones conducentes que permitan dotar al plantel tanto del personal y recursos materiales, como de los servicios necesarios para el cumplimiento de sus labores.
    5. Proponer ante la Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar o a la Dirección General de Educación Secundaria, cuando se trate de planteles del Distrito Federal, el presupuesto estimado de ingresos del plantel.
    6. Vigilar la aplicación del presupuesto y presentar, ante las autoridades educativas correspondientes, la documentación comprobatoria de los gastos.
    7. Propiciar un ambiente agradable de trabajo para el mejor desarrollo de las labores del plantel.
    8. Establecer y mantener comunicación permanente con la comunidad escolar, con el propósito de que esté informada de las disposiciones que normen las labores del plantel y de lograr su participación consciente y corresponsal en las tareas educativas.
    9. Programar las reuniones de las academias locales, y supervisar que éstas cumplan con sus objetivos.
    10. promover la constitución de la cooperativa escolar de consumo, tramitar su registro ante el área de cooperativas correspondiente, y vigilar que su funcionamiento esté de acuerdo con las normas específicas vigentes.
    11. Vigilar la utilización, aprovechamiento y conservación de todos los recursos con que cuente el plantel.
    12. Facilitar la realización de las supervisiones de carácter técnico pedagógico y las auditorías que se determinen, y atender a las recomendaciones y a las disposiciones que señalen las autoridades correspondientes.
    13. Promover la realización de actividades culturales, deportivas y recreativas que coadyuven al desarrollo integral de los educandos.
    14. Autorizar la documentación oficial que expida el plantel.
    15. Evaluar permanentemente las distintas actividades escolares y mantener informadas a las autoridades educativas acerca del funcionamiento del plantel.

    CONSEJO TÉCNICO ESCOLAR
    1. Auxiliar a la Dirección de la escuela en la planeación, programación, realización y evaluación de las actividades educativas que se desarrollen durante el año escolar.
    2. Proponer opciones convenientes para mejorar el servicio educativo.
    3. Sugerir a la Dirección estrategias para resolver problemas educativos de la comunidad escolar.
    4. Auxiliar a la Dirección en la evaluación periódica del trabajo escolar, con la finalidad de reforzar o reorientar el proceso educativo.

    COOPERATIVA ESCOLAR
    1. Propiciar el desenvolvimiento psico-social del educando, promoviendo el desarrollo de actividades de solidaridad, ayuda mutua, cooperación y responsabilidad en tareas de beneficio individual y colectivo.
    2. Facilitar la asimilación teórica y experimentación práctica de principios básicos de convivencia social, igualdad, democracia, comunidad de esfuerzo y espíritu de iniciativa.
    3. Desarrollar hábitos de cooperación, previsión, orden y disciplina.
    4. Coordinar sus actividades con los contenidos, planes y programas escolares de
    cada rama de la enseñanza, contribuyendo a la adquisición de conocimientos
    integrados.
    5. Favorecer el proceso de autoaprendizaje funcional del educando.
    6. Propiciar la aplicación de técnicas participativas, métodos activos de aprendizaje y otros que coadyuven al proceso educativo.
    7. Vincular al educando con la realidad de su ambiente mediante actividades productivas.
    8. Ejercer las demás funciones que le confieren los demás reglamentos en vigor.

    SUBDIRECCIÓN

    1. Colaborar con la Dirección del plantel en la planeación, programación, organización, realización y evaluación de las actividades escolares.
    2. Auxiliar a la Dirección en la administración de personal, y los recursos materiales y financieros con que cuenta el plantel, conforme a las normas y a los procedimientos que dicten las autoridades correspondientes; informarle de las necesidades que existan al respecto y proponerle las medidas para subsanarlas.
    3. Organizar, dirigir y evaluar las actividades referentes al control escolar de los alumnos del plantel, de acuerdo con los lineamientos establecidos.
    4. Definir los horarios de trabajo de todo el personal adscrito al turno correspondiente y presentarlos a la Dirección para su aprobación.
    5. Controlar la asistencia, la puntualidad y el comportamiento del personal escolar, e informarlo permanentemente a la Dirección.
    6. Proponer la realización de actividades culturales, deportivas y recreativas.
    7. Organizar y supervisar el funcionamiento de los laboratorios, talleres, bibliotecas y demás servicios escolares.
    8. Supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades que se encomienden al personal y al alumnado de la escuela.

    SERVICIOS DOCENTES
    1. Impartir la educación secundaria conforme a los objetivos de la misma, al plan y programas de estudio, así como a las leyes, normas, reglamentos y disposiciones educativas vigentes.
    2. Colaborar con las autoridades de la escuela en la observancia de las disposiciones que se dicten para cumplir con la tarea de formación de los educandos y para el buen funcionamiento del plantel.
    3. Planear técnicamente la labor docente de acuerdo con los avances educativos, propiciando la iniciativa de los educados para que, junto a la adquisición de conocimientos, desarrollen sus capacidades, hábitos y aptitudes.
    4. Planear las labores docentes de acuerdo con la academia del área o asignatura a que pertenezca, y coordinarlas tanto con las academias de las demás áreas o asignaturas, como con el personal encargado de los servicios de asistencia educativa con que cuente el plantel.
    5. Presentar a la Subdirección de la escuela el programa anual de actividades extraescolares, requeridas para el cumplimiento del plan y de los programas de estudio.
    6. Integrar los registros e informes necesarios para informar acerca del aprovechamiento y de la conducta de los educandos a la Subdirección.
    7. Solicitar ante la Subdirección de la escuela los recursos materiales y financieros necesarios para el cumplimiento de su labor.
    8. Participar en las diversas comisiones que le sean asignadas por la Dirección de la escuela.

    SERVICIOS DE ASISTENCIA EDUCATIVA
    1. Proporcionar en forma integrada los servicios de orientación educativa, medicina escolar, trabajo social y prefectura, conforme a los objetivos de la educación secundaria, y a las normas y a las disposiciones emitidas por la Dirección General de Educación Secundaria.
    2. Coadyuvar en las labores docentes para alcanzar en forma óptima los objetivos de la educación secundaria.
    3. Atender al alumno con el objeto de orientarlo, considerando sus intereses y necesidades, y proporcionando el desarrollo de sus aptitudes y capacidades.
    4. Realizar estudios orientados a identificar las causas que afectan el aprovechamiento y el comportamiento de los alumnos, y proponer las soluciones psicopedagógicas convenientes.
    5. Promover la realización de las actividades extraescolares que apoyen la labor educativa.
    6. Planear, desarrollar y evaluar programas de educación para la salud en la comunidad escolar.
    7. Auxiliar al personal directivo en todas las labores tendentes a vigilar tanto la asistencia y la puntualidad, como el orden en la realización de las tareas educativas y la conservación de instalaciones, mobiliario y equipo.
    8. Solicitar a la Subdirección de la escuela los recursos materiales y financieros necesarios para el mejor cumplimiento de su labor.
    9. Informar periódicamente a la Subdirección sobre el desarrollo de las actividades de servicios asistenciales que se realicen en el plantel.
    10. Desempeñar las comisiones que le sean asignadas por la Dirección de la escuela.

    SERVICIOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS
    1. Realizar el registro y control de personal, recursos materiales y financieros con que cuente el plantel, conforme a las normas y los procedimientos establecidos, así como a las instrucciones y a las disposiciones de las autoridades correspondientes.
    2. Formular conjuntamente con la Dirección y de acuerdo con las normas emitidas por la Dirección General de Recursos Financieros, las estimaciones de ingresos y egresos del plantel y la documentación comprobatoria del gasto escolar.
    3. Realizar los trámites conducentes para dotar al plantel de los recursos requeridos para su funcionamiento y desarrollo, controlando la recepción, almacenaje, conservación, distribución y empleo de los mismos.
    4. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes de activo fijo del plantel, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios.
    5. Llevar a cabo el registro administrativo del personal de la escuela y las tareas relacionadas con el control escolar del alumnado.
    6. Proporcionar los servicios de intendencia, aseo, mantenimiento, vigilancia, mensajería y correspondencia.
    7. Informar periódicamente a las autoridades educativas sobre el desarrollo de las actividades que hayan sido encomendadas a esta área.
    8. Desempeñar las diversas comisiones que le sean asignadas


http://www.secundariasgenerales.gob.mx/Manual-org-esc-sec.htm

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